Edición Nº 1101 - Viernes 9 de octubre de 2026

Proyecto de ley de servicios esenciales: un cambio de paradigma

Viernes 9 de octubre de 2026. Lectura: 5'

Por Elena Grauert

La autora analiza el proyecto de ley sobre servicios esenciales presentado por el Partido Colorado en el Senado y sostiene que representa un cambio de paradigma en la regulación de los conflictos laborales. Destaca la necesidad de compatibilizar el derecho de huelga con el interés general, mediante reglas claras, servicios mínimos y mecanismos de negociación que contribuyan a la paz social y la seguridad jurídica.

Regular la esencialidad no es atacar el derecho de huelga. Es evitar que un conflicto legítimo termine afectando derechos aún más básicos de la población y determinar con claridad qué es esencial y qué no, debiendo probar y transparentar el conflicto.

La organización sindical en Uruguay es fuerte y claramente empoderada, con una fuerte presencia en la política; por lo tanto, tiene un poder-deber: asumir plenamente sus responsabilidades y llevar adelante los conflictos en un marco reglado, evitando causar perjuicios evitables en el marco de la buena fe. Lo mismo se podría decir de las cámaras empresariales, aunque normalmente los conflictos se plantean con las empresas y no con sus organizaciones gremiales.

Otro tema importante es destacar que las gremiales, en general —sean de trabajadores o de empresas—, protegen sus intereses sectoriales o corporativos y no velan por el interés general. Por lo tanto, es deber del Estado legislar en tal sentido, evitando que, por cuestiones de poder o fuerza, termine imperando la posición del más fuerte o se generen daños a terceros, en lugar de prevalecer el justo medio, el interés general y el deber ser. No hacerlo, como hasta ahora, por mero capricho, constituye, en realidad, una omisión institucional, dado que el artículo 57 de la Constitución establece que se promoverán tribunales de conciliación y arbitraje y que la huelga se deberá reglamentar.

La falta de reglas claras genera incertidumbre y muchas veces termina afectando al país y al ciudadano de a pie, que puede quedar expuesto a interrupciones en su movilidad, en el abastecimiento o en el funcionamiento básico del país. También puede afectar a industrias que incluso pueden llegar a cerrar, dejando en la calle a miles de trabajadores.

El proyecto sustituye la discrecionalidad por un sistema de categorías, procedimientos y plazos: la esencialidad estricta, la esencialidad sobreviniente y los servicios públicos de importancia trascendental. No todo conflicto debe tener la misma regulación.

No es lo mismo una interrupción que puede poner en peligro inmediato la vida o la salud que una medida que afecta gravemente una actividad económica estratégica, pero que puede ser compatible con un servicio mínimo.

Por ello, se establece una graduación que tiende a compatibilizar el derecho de huelga y el interés general, mediante la fijación de niveles mínimos de funcionamiento.

El proyecto afirma que el diálogo mediante la negociación colectiva es una herramienta fundamental para evitar o solucionar conflictos, buscando acuerdos. El procedimiento prevé que el Ministerio de Trabajo convoque a empleadores y organizaciones sindicales para acordar el contenido, el alcance, las dotaciones y la duración de la medida. Sólo si no existe acuerdo dentro de los plazos establecidos deberá resolver la autoridad competente. Esto fortalece, sobre todo, el diálogo y las buenas relaciones entre las partes, y evita que la intervención administrativa sea la primera respuesta.

En defensa de la seguridad jurídica y la paz, explicitar la necesidad de fundamentar las resoluciones, establecer claramente el objeto del conflicto, fijar un plazo y permitir recursos administrativos y acciones judiciales representa un avance. La autoridad no podrá limitarse a invocar genéricamente la importancia de un servicio: deberá explicar los riesgos, buscar soluciones y establecer límites, generando una mediación activa.

Sin duda, la discusión parlamentaria podría enriquecer el texto, definiendo mejor la metodología para medir el «perjuicio grave» y determinar el porcentaje de actividad que debe mantenerse. También podría prever un mecanismo de revisión judicial urgente, mediante un procedimiento similar al amparo, para que las partes puedan obtener una respuesta rápida cuando cuestionen una declaración de esencialidad o un servicio mínimo.

Es destacable que la exigencia de un preaviso resulta importante, porque permite negociar previamente, evitar llegar a la esencialidad y organizar la continuidad del servicio mediante sistemas de autogestión.

El proyecto no elimina el derecho de huelga. Lo regula de acuerdo con la Constitución, la necesidad de asegurar la continuidad de los servicios públicos y los criterios internacionales sobre servicios esenciales. Su aporte principal consiste en abandonar el esquema de «huelga sin límites» y construir respuestas graduadas, temporales y revisables.

Uruguay necesita esta ley. Necesita que los conflictos laborales se desarrollen dentro de reglas conocidas, que los servicios indispensables no queden paralizados y que los trabajadores, los empleadores y la ciudadanía sepan de antemano cuáles son sus derechos y obligaciones.

El proyecto viene a cumplir con la Constitución y las normas internacionales, ya que cualquier abuso de derechos implica daños, y eso hace que los poderes del Estado deban tomar cartas en el asunto y brindar soluciones en protección del interés general.

Este proyecto es un cambio de paradigma: reconoce la existencia de problemas significativos en la negociación colectiva y establece mecanismos para resolver conflictos que muchas veces rebasan la cuestión de las demandas de los trabajadores frente a las negativas de la patronal, con el objetivo de alcanzar la paz social.

Lo sucedido este año en el puerto de Montevideo o el año pasado con la pesca podría haberse evitado si existieran procedimientos claros, en los que la decisión última quedara sometida a normas que eviten males mayores, con participación activa de los trabajadores en la decisión mediante voto secreto. Asimismo, establecer que las partes deban fundamentar sus posiciones en el marco del principio de realidad y la ley, sin utilizar el derecho de huelga como forma de venganza ni cambiar constantemente las reglas de juego, y con la posibilidad de recurrir a la Justicia, aportará al sistema mayor madurez y transparencia.

Por eso, enhorabuena: llega el proyecto, pone el tema en la discusión pública y, aunque puede ser mejorado, esperemos que no se encajone y que, por fin, Uruguay cuente con un régimen moderno de esencialidad y definición de servicios mínimos que traiga paz social y certeza jurídica al inversor, lo que significa más trabajo para todos.



7 de octubre: el horror que no debe olvidarse
La sorpresa brasileña
Julio María Sanguinetti
Sanguinetti presidirá reunión del Círculo de Montevideo en México
La Semana
Reconocimiento a Sanguinetti en la Feria del Libro
Ojeda analizó experiencias de seguridad de Argentina y El Salvador
¿Qué omisión?
La competitividad es responsabilidad de todos
Danza: otra irregularidad, otra excusa
La pesada herencia de Lula
Luis Hierro López
El gobierno se equivoca y flecha el Día del Patrimonio
Manuel Flores Silva
Efemérides varias
Santiago Torres
Proyecto de ley de servicios esenciales: un cambio de paradigma
Elena Grauert
Proyecto de ley de competitividad y la falta de respeto al INIA
Tomás Laguna
La eficiencia que atraviesa todas las transiciones
Fitzgerald Cantero Piali
Releyendo a Cicerón
Juan Carlos Nogueira
Brasil: nuevo error de Lubetkin y vergüenza del FA
Eduardo Zalovich
El día que Israel no olvidará
Raúl Roca
El inmigrante no cerró la fábrica
Orlando Cuicar Ortiz
Montevideo: lo que heredamos y lo que está en juego
Dante Steffano
El Niño: ¿qué es y qué podemos hacer?
Darío Peña
Después del último turno
Angelina Rios
“En Uruguay no se celebra la Navidad” (¿en serio?)
Eduardo Irigoyen García
Se terminó la fiesta
Alicia Quagliata Rienzi
Las mascotas y los reglamentos
Susana Toricez
Brasil giró a la derecha
Dos caminos ante la crisis de la vivienda
La fractura francesa
Sánchez se juega el resto
El informante que se suicidó luego de vincular al secretario de Comercio con Epstein
Negocios de familia
Frases Célebres 1101
ENTRE DICHOS
Así si, Así no
Inicio - Con Firma - Ediciones Anteriores - Staff Facebook
Copyright © 2024 Correo de los Viernes.