Edición Nº 1085 - Viernes 19 de junio de 2026

Artigas 262 años después: el ADN del Uruguay

Viernes 19 de junio de 2026. Lectura: 6'

A 262 años del nacimiento de José Artigas, las Instrucciones del Año XIII vuelven a exhibirse como el documento político fundacional del Uruguay. En ellas quedaron plasmados los principios de independencia, soberanía de los pueblos, república, libertad e igualdad que dieron forma a la identidad nacional y marcaron un rumbo histórico diferente al seguido por la Argentina, consolidando una tradición política propia que aún hoy define el ADN institucional del país.

Este 19 de junio se cumplen 262 años del nacimiento de José Artigas, una fecha que invita no sólo a recordar al conductor militar de la Revolución Oriental, sino también —y sobre todo— a reflexionar sobre el legado político y filosófico que dejó a las generaciones posteriores. Si existe un documento capaz de condensar con precisión ese legado, son las Instrucciones del Año XIII, complementadas por la llamada Oración de Abril. Allí se encuentran los principios que terminarían configurando la identidad política uruguaya y que explican, en buena medida, por qué los caminos históricos de los orientales y de los argentinos fueron tan diferentes.

Dos siglos después, las Instrucciones conservan una extraordinaria vigencia porque constituyen mucho más que un programa político circunstancial. Son una verdadera declaración de principios. En ellas aparece una concepción del poder, de la libertad, de la soberanía y de la organización institucional que terminaría transformándose en una de las señas de identidad más profundas de la nación uruguaya.

Un proyecto político propio

A menudo se ha intentado presentar a Artigas como un dirigente argentino frustrado o como un simple caudillo federal del antiguo Virreinato del Río de la Plata. Sin embargo, una lectura rigurosa de las Instrucciones del Año XIII conduce a una conclusión diferente.

Artigas actuó dentro del espacio rioplatense y procuró establecer vínculos de cooperación con otras provincias, pero jamás concibió la incorporación de la Provincia Oriental a un esquema centralizado dominado por Buenos Aires. Por el contrario, defendió de forma constante la existencia de comunidades políticas soberanas que se vinculaban mediante pactos libres y voluntarios.

Esta concepción aparece ya en la Oración de Abril de 1813, cuando afirmó ante los representantes orientales: «Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana». La frase constituye una de las formulaciones más contundentes del principio de soberanía popular en toda la historia hispanoamericana.

No habla allí un jefe militar reclamando obediencia. Habla un conductor político que reconoce que el poder reside en los pueblos y no en los gobiernos.

La independencia como principio

Otro aspecto fundamental del pensamiento artiguista fue su temprana defensa de la independencia.

En 1813 buena parte de la dirigencia revolucionaria rioplatense continuaba sosteniendo formalmente la fidelidad a Fernando VII. La ruptura definitiva con España todavía no había sido proclamada.

Artigas, en cambio, exigió expresamente la independencia de España y de la dinastía borbónica. No se trataba de una reivindicación simbólica, sino de una definición política fundamental: los pueblos debían gobernarse por sí mismos y no reconocer otra legitimidad que la emanada de su propia voluntad.

Esta posición adelantó varios años una definición que otros sectores del Río de la Plata todavía vacilaban en adoptar.

Confederación y soberanía provincial

Quizás el rasgo más distintivo de las Instrucciones sea la defensa de una confederación de provincias soberanas.

El artículo 2 establece que la Provincia Oriental no admitiría otro sistema que el de confederación para sus relaciones con las demás provincias. A ello se suman disposiciones todavía más explícitas que afirman la conservación de la soberanía, libertad e independencia de cada provincia y su derecho a mantener fuerzas militares propias.

Esta cuestión resulta esencial para comprender la evolución posterior de la región.

Mientras en el territorio que daría origen a la Argentina se desarrolló una larga lucha entre centralistas y federales, los orientales fueron consolidando una conciencia política basada en la defensa de su personalidad colectiva. Para Artigas, ingresar en una confederación no implicaba diluir la identidad oriental, sino protegerla.

Esa diferencia de origen ayuda a explicar por qué la construcción estatal uruguaya terminó orientándose hacia la preservación de una soberanía propia y diferenciada.

República, Constitución y Estado de Derecho

Las Instrucciones del Año XIII también revelan una firme vocación republicana.

El artículo 20 exige que la futura Constitución garantice una forma de gobierno republicana. Paralelamente, se establece una clara separación entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los cuales debían permanecer independientes entre sí.

No era una cuestión menor. Buena parte de los líderes políticos de la época seguían considerando alternativas monárquicas para las nuevas naciones americanas. Incluso años después, el Congreso de Tucumán debatiría proyectos de monarquía constitucional.

Artigas eligió otro camino: el de la república basada en la ley.

La preocupación por limitar el poder aparece también en la Oración de Abril, donde advierte sobre los peligros de depositar una confianza excesiva en los hombres y subraya que sólo la Constitución puede garantizar efectivamente las libertades públicas.

En esa defensa del imperio de la ley se encuentra una de las raíces más profundas de la tradición institucional uruguaya.

Libertad e igualdad

Las Instrucciones también reflejan una visión liberal avanzada para su tiempo.

El artículo 3 reclama la libertad civil y religiosa «en toda su extensión imaginable», mientras que el artículo 4 establece que el objeto del gobierno debe ser conservar la igualdad, la libertad y la seguridad de los ciudadanos.

Estas formulaciones colocan a Artigas dentro de las grandes corrientes del constitucionalismo moderno y de la tradición ilustrada occidental.

La libertad individual, la igualdad jurídica, las garantías constitucionales y la limitación del poder estatal aparecen como componentes inseparables de un mismo proyecto político.

Por eso resulta difícil compatibilizar el pensamiento artiguista con las múltiples apropiaciones ideológicas que se han intentado realizar desde posiciones autoritarias tanto de derecha como de izquierda. Como surge de sus propios textos, el ideario artiguista descansa sobre bases inequívocamente republicanas y legalistas.

El núcleo duro de la identidad nacional

A 262 años del nacimiento de Artigas, las Instrucciones del Año XIII siguen siendo el documento político más trascendente de la historia uruguaya.

No sólo porque expresan las aspiraciones de una generación revolucionaria, sino porque sintetizan los principios que terminarían definiendo a la nación: independencia, soberanía popular, autonomía política, república, división de poderes, libertad civil, igualdad jurídica y gobierno limitado por la ley.

Ese conjunto d e ideas constituye el núcleo duro de la identidad nacional uruguaya.

Es también el elemento que distingue históricamente al Uruguay de otras tradiciones políticas surgidas en el Río de la Plata. Allí radica la singularidad oriental que Artigas defendió durante toda su vida: la convicción de que los pueblos libres pueden asociarse entre sí, pero sin renunciar jamás a su soberanía, a sus libertades y a su derecho a gobernarse conforme a sus propias instituciones.

En tiempos de aniversarios y homenajes, tal vez no exista mejor manera de recordar a Artigas que volver a leer las Instrucciones del Año XIII. Porque en ellas no sólo está el pensamiento del prócer. Está, en buena medida, la explicación de lo que el Uruguay fue, es y aspira a seguir siendo.



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