Edición Nº 1052 - Viernes 12 de setiembre de 2025

Salud laboral, impacto y aplicación

Por Ruth Furtenbach

La entrada en vigencia del decreto 381/021 que obliga desde el mes de mayo a las empresas que tienen entre 50 y 150 empleados a ofrecer servicios de salud y seguridad laboral, provocó cierto rechazo y muchas inquietudes en el sector empresarial. Sobre todo, porque las dificultades que conlleva, se harán más evidentes a partir de noviembre, cuando su aplicación se extienda a las empresas con más de 5 trabajadores.

La prórroga solicitada sin éxito esta vez por los empresarios, se debe principalmente, según algunos referentes, a un motivo práctico que impide su implementación. Según indican: "no hay médicos ocupacionales disponibles para poder llevar adelante un sistema de prevención", dado que actualmente hay 43 médicos ocupacionales con título habilitante y otros 50 que están cursando el posgrado de esta especialización cuando habría en principio, 2000 empresas para atender.

No obstante, más allá de los inconvenientes prácticos que esto pueda acarrear, vemos que también existirían ciertas superposiciones innecesarias, las cuales más que favorecer estarían perjudicando el funcionamiento del sistema.

En efecto, si consideramos que, "lo que hace este decreto es identificar y evaluar los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo y asesorar sobre la planificación y organización del trabajo según las necesidades de cada empresa. Que se busca evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales" (como dice el Dr. Álvarez, especialista en la materia, en entrevista con El País de fecha 3/5), en principio, no deberíamos presentar ninguna objeción.

Sin embargo, cabe realizar ciertas reflexiones al respecto, sobre todo por lo que significa una nueva imposición sobre la industria y el comercio pequeño y la incidencia en sus costos.

Lo primero que podríamos cuestionar entonces, es que lo dispuesto por este decreto se presenta como una novedad, cuando en el Uruguay rige el seguro de accidentes laborales obligatorio sobre todo trabajador activo, a través del monopolio del BSE. La vasta experiencia acumulada a lo largo de décadas de este organismo -de creación Batllista- en accidentes de trabajo y las facultades fiscalizadoras y sancionatorias que ejerce, deberían ser suficientes para que a través de su cuerpo inspectivo se corrijan los desvíos de las empresas en materia de seguridad, con el fin de minimizar los sinestros y promover la prevención.

Se entiende que el BSE se especializa más que nada en daños físicos por lo cual habría que profundizar en los psicólogos a través de algún otro mecanismo. Ahora bien, los tratamientos psicológicos de los trabajadores son atendidos actualmente por las mutualistas a las cuales están afiliados, esta cobertura queda comprendida dentro de los aportes de FONASA de los trabajadores y complementos en caso que corresponda, por la empresa. Pero quien cubre la pérdida económica que se le genera al trabajador es el BPS, otro organismo que tiene facultades fiscalizadoras y sancionatorias.

Sería razonable pensar que el propio BPS por un tema de contraposición de intereses tuviera cuadrillas de inspectores y especialistas en la materia que se enfocaran en la prevención de la salud mental en los ámbitos laborales con el fin de disminuir la fuerte erogación que realiza por certificaciones médicas. Con esto se tendrían cubiertos eventualmente ambos riesgos, el físico y el mental.

Por otra parte, además de estos dos organismos que son los que se encargan de cubrir las pérdidas económicas que generan los accidentes o enfermedades laborales existe otro organismo que también fiscaliza y sanciona, que es el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social -MTSS-. En sus inspecciones se superpone a las de los otros dos organismos antes mencionados, verificando el cumplimiento de todo lo relativo a lo que la normativa vigente exige a las empresas, por lo cual podría suponerse que lo que se les "escapa" a los primeros lo rescata el MTSS.

Pero la lista no se agota, contamos aún con más controles sobre los temas de salud laboral, la IMM a través de Inspección General (ahora "Convivencia") y "Bromatología" para la gastronomía, realiza inspecciones profundas y fiscalizaciones rigurosas que tocan muchos puntos en común con la Salud Laboral. 

En otras ramas de actividad aparecen otros organismos que también fiscalizan como el MSP o el MI (Bomberos) a través de habilitaciones para el funcionamiento de diferentes actividades.

Todos estos organismos fiscalizadores giran en torno a la prevención de la Salud Laboral y, por si fuera poco, también tenemos otro ámbito que vela por la mejora continua de las condiciones laborales adecuadas, que son los Consejos de Salarios y Sindicatos.

Convengamos que en estos ámbitos hemos visto cómo a lo largo de las sucesivas rondas se han ido incluyendo pequeños cambios que, en la sumatoria han mejorado notoriamente las condiciones de trabajo y salud laboral en las empresas. Cito a modo de ejemplo, la implementación de la obligatoriedad del uso de uniformes, vestuarios, lockers, baños, sala maternal, días libres pagos para diferentes instancias de salud, ampliación de la licencia maternal y parental, licencias especiales por estudio, feriados por el día de la rama de actividad, descansos especiales según tipo de actividad, etc.

Más allá de la presión que ejercen estas organizaciones a nivel político para mejorar o resolver situaciones críticas.

A todo lo cual se agrega también, la creciente aspiración de las empresas a cumplir con la Responsabilidad Social Empresarial, lo cual apunta entre varias líneas de acción, a generar mejores condiciones de ambiente laboral.

En resumen, vemos una enorme aplicación de recursos de diferentes organismos estatales, organizaciones sociales públicas y privadas en este tema y vemos también que se ha ido avanzando a lo largo del tiempo de forma positiva y podría seguir así.

Esta "nueva" obligatoriedad de Salud Laboral tiende a sacarle trascendencia a lo que se ha logrado entre todos y genera para las Pymes un nuevo costo mensual permanente, la cual seguramente -por los costos que se están manejando de acuerdo a presupuestos solicitados- muchas incumplan o por ver nuevamente afectados sus ya menguados márgenes -debido al gran endeudamiento que muchas tomaron para resistir los efectos de la pandemia-, es muy probable que decidan trasladar al precio el sobrecosto que esto genere, alimentando más aún el aumento de precios y la inflación.

Realmente, esta disposición debería haberse prorrogado aún más para debatir si esta cuestión no debería incorporarse al servicio que ya prestan el BPS y BSE; el primero, en contrapartida de los aportes patronales y el segundo, en la prima que se paga por el seguro obligatorio.

Porque las Pymes en la actualidad no soportan más aumento de impuestos, ya sean directos o indirectos, disfrazados o quien sabe, para financiar lobbies de ciertos sectores interesados. Los organismos y controles están, es cuestión de que los mismos tal vez decidan profundizar en esta materia y justificar lo que cobran para el bien de todos.




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