Edición Nº 1072 - Viernes 13 de marzo de 2026

Otra vez... el “consular”...

Por Julio María Sanguinetti

Además de que, por mandato constitucional, se requieren mayorías especiales para legislar en materia electoral (mayorías con las que el oficialismo no cuenta), existen razones de orden superior que imponen descartar de plano el voto del exterior.

El Frente Amplio, machaconamente, una y otra vez insiste en atribuir el voto a los uruguayos que viven en el exterior. Ha fracasado en intentos anteriores (hasta se plebiscitó en 2009, con resultado negativo) y seguramente volverá a fracasar en este nuevo que están pergeñando imponer. Ellos piensan que poseen una mayoría importante en el exterior, así como organización para hacerla votar, razón por la cual, cada vez que dudan de su victoria, salen con la propuesta. No entienden, además, que quienes estamos en contra no lo estamos haciendo por simple conveniencia electoral, sino por poderosas razones políticas, jurídicas y éticas. Veamos.

1) RAZON POLÍTICA. El ciudadano que está afuera de su país, que vive lejos de su realidad, normalmente vota con el clima de donde está. O sea que su voto es artificial, no responde al interés nacional. Los ejemplos son absolutamente contundentes. Berlusconi ganaba en Italia y perdía afuera. Humala ganó en Perú y entró tercero en Argentina, en una gran votación peruana donde Lourdes Flores fue la mayoría. Al interior del país Humala representaba una reivindicación étnica que en el exterior le jugaba en contra. Si seguimos con Perú, ganó Kuczynski la elección por un 0,5%, o sea que prácticamente hubo un empate. Pues bien, en EE.UU., España y Brasil, ganó Kuczynski con claridad, del mismo modo que, en los países vecinos (Chile y Ecuador), hubo también gran distancia, pero a favor de Keiko Fujimori, que había sido la más votada en la primera vuelta y era líder de la mayoría parlamentaria. O sea que el empate que se dio adentro, no ocurría afuera: los lejanos votaban por el economista y los cercanos por la hija de Fujimori.

2) RAZÓN ÉTICA. Se dice que el principio de igualdad impone el derecho a votar de los ciudadanos que no están en el país. No es así: la igualdad vale si estamos ante iguales circunstancias, que no es el caso, porque unos viven la suerte del país, para bien o para mal, y otros no. Las consecuencias de ese voto las experimentarán quienes aquí radican, no los otros, que —a la distancia— emiten una opinión influida por el lugar donde viven y se desligan totalmente de las consecuencias de ese voto. Éste es un acto de gobierno, un compromiso con el país, que solo pueden asumir quienes están en él.

3) RAZÓN JURÍDICA. La Constitución es clara. La República es “la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio” (artículo 1º).  Más claro, imposible. Y el criterio de vivir en nuestro territorio inspira luego el artículo 74º, que atribuye la calidad de “ciudadano natural” a quienes, siendo hijos de padre o madre orientales, “cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento, por el hecho de avecinarse en el país e inscribirse en el Registro Cívico”. O sea que sigue siendo fundamental vivir en el territorio. Ni hablar que exige años de residencia para quien aspire a la ciudadanía legal, pero igualmente le atribuye “el derecho al sufragio” a extranjeros que, sin tener la ciudadanía, poseen —entre otras condiciones— quince años de “residencia habitual”. De modo que para nuestra Constitución el principio es inequívoco:  vota quien está en su territorio.

4) RAZON DE GARANTÍA ELECTORAL. Regular el voto refiere al corazón mismo de la legislación electoral, por lo tanto (art. 77º, inciso 7º) se requieren dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara para legislar al respecto. Se exige esa mayoría para “las garantías del sufragio y elección, composición, funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales”. No se la requiere para tema de gastos u orden internos de ellas. O sea que quién vota es la esencia de la cuestión. A lo que se se añade que un voto en Consulados puede no tener la mismas garantías del sufragio que existe en el país, como sin duda no la tendría el voto por correo, que ya nadie sostiene.

*****

Como se advierte, no hay ningún capricho en nuestra oposición reiterada al intento de abrir las elecciones a quienes no “están avecinados” en nuestro país. Son poderosas y concluyentes razones. Que otros países tengan criterios distintos, no cambia nuestro criterio, porque —antes de todo— el Uruguay ha tenido, desde siempre, un sistema muy propio, que se ha demostrado mejor que cualquier otro. Así lo ha entendido hasta ahora la ciudadanía, que no acompañó con su firma o su voto los reiterados intentos frenteamplistas.



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