Edición Nº 1072 - Viernes 13 de marzo de 2026

La Ley de Urgente Consideración

Por Julio María Sanguinetti

El gobierno ha divulgado públicamente su anteproyecto de ley de urgente consideración (LUC). Lo ha hecho con anticipación para dar a los legisladores un margen mayor de análisis. Este gesto de cortesía no ha merecido otra respuesta que el coro frentista hablando de que la ley de urgencia rebaja la calidad democrática del país.

Bueno es recordar que el procedimiento de leyes de urgencia nació en la Constitución de 1967, de la que tuvimos el honor de ser co-redactor y miembro informante. Es más: este artículo lo redactamos con el asesoramiento del Profesor Alberto Ramón Real, el mayor especialista en este tipo de legislaciones especiales.

Seguíamos por entonces una tendencia prácticamente universal en la materia, afianzada y ampliada -a veces hasta el exceso- en repúblicas tan afines a nosotros como Argentina y Brasil.

Lejos de cuestionar la democracia, es un instituto afirmativo de ella. Nada hay peor que una institucionalidad débil para afrontar circunstancias especiales o que, trabada por el Parlamento o las burocracias, termina siendo anodina.

Por esa razón, la Constitución le atribuyó al Poder Ejecutivo la facultad de enviar proyectos de ley con la calificación de urgencia. Hay límites: no puede hacerlo con aquellas leyes que requieren mayorías especiales de dos tercios (como leyes electorales) o tres quintos (como la creación de entes autónomos). Otra restricción es que sólo puede enviar un proyecto por vez y mientras no se termine el trámite de uno, está inhabilitado para enviar otro. Son limitaciones bien razonables y, por eso, no tienen razón quienes pretenden establecer otras, como impedir que se aborden materias distintas.

Este ultimo punto se discutió desde el principio, al producirse la primera aplicación en el gobierno del General Gestido. Se adujo que no era aceptable esa diversidad de materias, pero se estableció que la declaratoria de urgencia es un acto de gobierno; por ende, discrecional del Poder Ejecutivo, sin otros límites que los establecidos expresamente. Se dijo entonces, también, y bien reza para el caso, que lo importante, en el texto, es la "unidad de orientación política". Estamos ante un cambio de gobierno, luego de tres administraciones del mismo partido. Es lógico que el actual Poder Ejecutivo sienta la necesidad de marcar sus prioridades y reflejarlas en propuestas de legislación.

Todo lo que se dice al respecto, entonces, carece de fundamento .

Pasando ahora al texto, está claro que hay temas de alta prioridad y urgencia como los artículos que refieren a la seguridad ciudadana, que viene reclamando con insistencia el Ministro Larrañaga. Ha mediado una elaboración interesante entre los partidos de la coalición y entiendo que está maduro para su aprobación. Será una gran señal para la ciudadanía, para el ánimo de la policía y para el desafiante mundo delictivo.

La institucionalidad educativa adquiere una particular relevancia y cada día está más claro que hay urgencia en renovarla, para dotarla de coherencia. Por supuesto, todo es discutible, pero no lo es que el gobierno electo por el pueblo tenga la posibilidad de conducir el sistema. Las corporaciones gremiales importan y su voz debe escucharse; pero el rumbo es del gobierno. Así hicimos la reforma de 1995, último gran paso en la materia.

Hay conceptos discutibles, naturalmente, como el de "libertad de cátedra", que a nuestro juicio no posee el mismo contenido que en el ámbito universitario. En la educación primaria y secundaria hay programas claros y definidos y los docentes tienen que ajustarse a ellos, con el criterio de ecuanimidad y respeto a la libertad de conciencia del educando. No se está ante la pluralidad ilimitada de lo "universitario", por definición "universal". En la vida real de nuestro sistema este ha sido un tema crucial, porque los gobiernos del Frente Amplio han logrado un real adoctrinamiento en su versión de la historia reciente y, en términos generales, todo lo que hace a la visión filosófica de la sociedad democrática.

Algunas objeciones iniciales formuladas se han salvado con definiciones claras, como la referencia a preservar la idea de que la educación pública no puede caer en el carácter de "servicio lucrativo" o en la formulación del Plan Nacional de Educación, en que se le da, naturalmente, intervención a las autoridades del Codicen.

La ley incursiona en otros temas muy importantes. Como las ocupaciones y piquetes, por ejemplo, que no deberían considerarse parte integrante del derecho de huelga y así se establece. O en otros ámbitos de las empresas del Estado, cuya importancia es incuestionable. Allí tenemos algunas diferencias importantes, con la creación de organismos desconcentrados que suman y no reducen burocracia, tanto en el ámbito de Planeamiento como el Ministerio de Vivienda. De ello se hablará adentro de la coalición, buscando entendimiento.

Del adelanto hecho por el gobierno, nuestro partido ha tomado debida nota y este semana ha realizado reuniones virtuales muy importantes con sus numerosos y calificadísimos grupos técnicos. Naturalmente, se actúa con el máximo espíritu de colaboración, cumpliendo fielmente el programa electoral de la coalición y tratando de lograr caminos de acuerdo en los otros temas donde el gobierno hace propuestas. Lo importante es que estamos en el camino y la vocinglería vacía de una oposición sin rumbo, no puede detener el trabajo del gobierno. La pandemia pasará y es fundamental desde ya dar pasos hacia el futuro. Sin herramientas no se construye. Y eso es la ley de urgencia, una herramienta de trabajo.




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