No a la baja, salvo en Cuba

Los núcleos de la izquierda uruguaya más identificados con la dictadura castrista han estado siempre a la cabeza de los reclamos por derechos humanos en el país y en cualquier otro lugar de la tierra donde no gobiernen sus amigos. Así, la revuelta estudiantil en Venezuela es una expresión fascista, en tanto la revuelta estudiantil en Chile era una lucha que debía acompañarse y con la cual solidarizarse.

En materia penal, siempre se han resistido a un aumento de las penas y —por supuesto— se han opuesto virulentamente a la iniciativa de reforma constitucional para llevar la edad de imputabilidad a los 16 años. Y lo han hecho con argumentos simplistas que tergiversan el texto de la iniciativa y siempre desde el ángulo que victimiza al que transgrede la ley, en tanto sujeto de exclusión de un sistema intrínsecamente injusto.

Toda esa argumentación (mal llamada “garantista”), empero, se detiene en las fronteras de Cuba. Allí —como siempre— es “distinto”.

En Cuba existe un código penal que haría empalidecer de envidia a los partidarios más extremos de la “mano dura”. Allí se consagran aberraciones como, por ejemplo, castigar la posibilidad de delito, para lo cual define el “estado peligroso”: “la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista” (art. 72). El artículo 73, numeral 2, a su vez, señala: “Se considera en estado peligroso por conducta antisocial al que quebranta habitualmente las reglas de convivencia social mediante actos de violencia, o por otros actos provocadores, viola derechos de los demás o por su comportamiento en general daña las reglas de convivencia o perturba el orden de la comunidad o vive, como un parásito social, del trabajo ajeno o explota o practica vicios socialmente reprobables”. Así, por ejemplo, la “vagancia” es una de esas conductas que dan cuenta de una “proclividad” al crimen y habilita al Estado a adoptar medidas punitivas “pre-delictivas”. Imagínese, lector, si aquí alguien propusiera meter preso a cualquiera que estuviera “vagando”, el escándalo que se montaría, teniendo a los comunistas en primer lugar de la fila. Aquello que en Uruguay sería “fascista”, en Cuba es salvaguarda de la “moral socialista”.

Por supuesto, en Cuba rige la pena de muerte. Pero lo más destacable es que la edad de imputabilidad penal es de 16 años. O sea, para Cuba sí correría —invirtiendo la ecuación caricaturesca aplicada en Uruguay— que “ser joven ES delito”.

Los autoritarios y totalitarios “de izquierda” nunca sintieron la obligación de ser coherentes porque su universo maniqueo los exonera de semejante esfuerzo. La materia penal es, como se advierte, un terreno más de duplicidad.



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