Jubilación activa y voluntaria

Por Conrado Rodríguez

La gente por suerte cada día vive más. La seguridad social no puede quedar ajena a esta realidad, y debe de acompasar este proceso con instrumentos voluntarios que den estímulos.

La situación general de la Seguridad Social ha estado en debate público en estos últimos años. El déficit del Banco de Previsión Social (BPS) se viene incrementando de forma sostenida y preocupante. Los últimos números demuestran que la asistencia financiera que debe de hacer el Estado -después de verter al BPS las partidas correspondientes a impuestos generales afectados (básicamente 7 puntos de IVA e IASS), otras partidas asignadas por la ley y a los aportes patronales y obreros-, arroja un crecimiento de más de U$S 100 millones por año, superando los U$S 800 millones proyectado para el 2019.

Esta asistencia financiera está en niveles superiores a los previos a la reforma de la Seguridad Social de 1995; reforma que ponía las cosas en su lugar, creando un sistema más justo, y despejando los nubarrones en el horizonte financiero por un largo período de tiempo, claramente por lo menos hasta 2008, en donde se produjo una especie de “contrarreforma” por parte del primer Gobierno del Frente Amplio, que aprobó una ley de “flexibilización” para el acceso a las jubilaciones, que disparó las altas jubilatorias.

Esto, sumado a decisiones administrativas de BPS, que impactaron de forma escandalosa –entre otras- en mayor cantidad de pensiones por invalidez, fue desfinanciando aún más el sistema.

A pesar de que el Presidente Vázquez, y el Ministro de Economía, Cr. Danilo Astori, han reconocido en varias oportunidades que la cuestión de la Seguridad Social ameritaría una nueva reforma, no se animan a enfrentar el problema. Prueba de ello son sus declaraciones, sobre que será un próximo Gobierno quien deberá tomar la definición, cuando aún falta más de 1 año para la finalización de este mandato.

En ese contexto presentamos hace pocos días un proyecto de ley que denominamos “jubilación activa voluntaria”. Este implica que aquellos que difieran su jubilación de forma voluntaria a los 65 años de edad, y tengan por lo menos 35 años de servicio, podrán tener derecho a cobrar íntegramente su jubilación, y por otro lado y al mismo tiempo, quedar habilitados para seguir trabajando, si así lo quieren. Es bueno precisar, que este estímulo corresponderá sólo a aquellos que hayan diferido su jubilación, y se jubilen por 1era vez.

Desde hace muchos años existe una incompatibilidad legal entre la percepción de jubilación con el desempeño de una actividad remunerada amparada por el mismo Órgano que sirve la prestación, con excepción de quienes ejerzan cargos docentes en Institutos de Enseñanza oficiales o habilitados.

La auto postergación (obviamente voluntaria) del acceso a la jubilación hasta los 65 años, contribuye a la sostenibilidad del sistema, porque durante algunos años, la Seguridad Social no deberá pagar de forma anticipada una jubilación, mientras que al mismo tiempo, el trabajador que se jubile y continúe trabajando seguirá haciendo sus aportaciones al sistema, al pilar de Solidaridad Intergeneracional a cargo del BPS.

Con esto logramos mayor número de cotizantes a la Seguridad Social, y una disminución en el gasto.

No menos importante es el hecho que esta herramienta contribuye también a beneficiar al trabajador, a quien se le dará mayor libertad para poder decidir qué es lo que más le sirve, y quiere. Muchas personas se encuentran en condiciones óptimas de seguir en sus actividades, y así lo quieren, resultándoles beneficioso la posibilidad de percibir un ingreso seguro, compatibilizándolo y sumándolo con lo que obtengan del desarrollo de su trabajo.

 A otras, también les resultaría provechoso el hecho de poder complementar un ingreso (el de la jubilación), que muchas veces es muy bajo, evitando el trabajo informal que lamentablemente ocurre en muchos casos en la práctica.

El proyecto dispone que los aportes jubilatorios que se continúen haciendo por el trabajador jubilado, servirán para financiar el sistema, y no para reliquidar su jubilación (reforma de cédula), y tampoco para generar derecho a una nueva jubilación, y también para crear un régimen especial que dé incentivos fiscales para el empleo juvenil.

De esa manera contemplamos a otro colectivo muy importante de personas, que necesita poder incorporarse al mercado laboral.

Debe de quedar muy claro que el proyecto no modifica las edades y causales jubilatorias existentes en nuestro país. Aquellos que tengan 60 años y 30 años de servicios, podrán jubilarse si así lo quieren, y así sucesivamente.

Reiteramos que se trata de un estímulo de aplicación voluntaria.

Lo que aquí hacemos es reconocerle al trabajador el ejercicio del derecho y libertad de trabajar y percibir ingresos por ello y, al mismo tiempo, cobrar la jubilación íntegra, compatibilizando así la percepción de jubilación con el desempeño de una actividad remunerada de la misma afiliación, acumulación de ingresos que hasta ahora había sido prohibida.

La gente por suerte cada día vive más. La seguridad social no puede quedar ajena a esta realidad, y debe de acompasar este proceso con instrumentos voluntarios que den estímulos y faciliten el desarrollo de las personas, en beneficio de estas y sus familias, y de toda la sociedad.
Aquí hay un aporte concreto para poder avanzar.



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