El absurdo marca la agenda del abigeato

Por Tomás Laguna

Definíamos en la edición pasada las características que describían la idiosincrasia y carácter del productor rural. Intentando explicar algunas reacciones viscerales de reconocidos dirigentes rurales, argumentamos sobre las angustias y zozobras que deben enfrentar quienes viven en nuestra campaña por una actividad que se realiza a cielo abierto. Ante estas condiciones duras del medio rural, el productor suele sentirse incomprendido frente al resto de una sociedad que suele aburguesarse en las comodidades de la gran urbe, de la que desde siempre se ha sentido segregado.

Pues bien, a las calamidades del clima, en particular la grave sequía que hoy sufre gran parte del litoral sur, centro y este del país, se suma otra pero de carácter social y que también discrimina a la producción agropecuaria. Volvemos a referirnos al recurrente tema de la seguridad rural, en particular del robo y matanza de animales.

El robo de animales merece una consideración diferente a otros robos en nuestra legislación. El Código Rural define en su artículo 258: “Comete el delito de abigeato y será castigado con tres meses de prisión a seis años de penitenciaría el que fuera de las ciudades o pueblos con intención de matar, diere muerte, faenare o se apoderare con sustracción de ganado vacuno y bubalino, caballar, lanar, cabrío , porcino, cualquier otra especie de corral o criadero, colmenas, cueros, lanas, pieles, plumas o cerdas ajenos y el que marcare o señalare borrare o modificare las marcas y señales de animales o cueros ajenos para aprovecharse de ellos.” El mismo artículo agrega que la pena de prisión podrá sustituirse con horas de trabajo en servicio a la comunidad.

A su vez el mismo código establece las situaciones agravantes, con doce meses de prisión a ocho años de penitenciaría para los siguientes casos: 1) Si el delito se ejecutara en banda, con la participación de tres o más personas. 2) Si para cometer el delito se emplearan vehículos de carga, aptos para el transporte de los objetos robados. 3) Si para cometer el delito se dañaran cercos, cortando alambre, destruyendo o arrancando postes, cadenas o cerrojos de porteras. 4) Si para la comisión del delito se utilizaran guías de propiedad y tránsito o documentación equivalente falsos o expedidos para terceras personas o se falsificaran boletas de marca o señal. 5) Si se facilitaran los medios de transporte o la documentación falsa aludida en el numeral precedente.

Finalmente quedan especificadas otras circunstancias agravantes muy especiales, por caso ser hacendado o productor agropecuario, entre otras.

En otras palabras, la legislación es clara y contundente, y si bien muchos podrán exigir mayor rigurosidad en las penas, las que están ya establecidas ni siquiera se cumplen en recientes fallos judiciales conocidos. Veamos un caso reciente.

Días pasados, en plena ruta 5 y muy próximo a la ciudad de Florida, la policía persiguió y atrapó a una pareja que transportaba una vaca faenada producto de un abigeato. En el vehículo se encontraron armas de fuego y enceres de faena. Digamos que el delito se inscribe en lo que consigna el artículo 258 del Código Rural. Sin embargo el juez actuante dictaminó la libertad de los involucrados con la condición de que pagaran el valor del animal faenado a su propietario, sin que se registren los antecedentes (según consigna la crónica policial). El absurdo de esta caso se repite una y mil veces a lo largo y ancho de la campaña uruguaya.

Tiempo atrás un toro de pedigrí inscripto y propiedad del establecimiento familiar del presidente de la Asociación Rural del Uruguay fue faenado a campo abierto y su osamenta salió en los medios de prensa. Un operativo inmediato en carnicerías de la ciudad más próxima al establecimiento culminó con 5 personas procesadas, 2 de ellas con prisión. Eso sí, ninguna por robo de ganado sino por faena clandestina. Meses anteriores a este hecho en la zona limítrofe entre Colonia y Soriano fue detenida una bandita de varios hermanos cuando fueron a denunciar por robadas las motos que debieron abandonar al ser descubiertos robando corderos, también de raza. Ninguno está preso. Los relatos de este tipo abundan. Conocemos de casos de gavillas de ladrones de caballos capturadas junto a los animales. Los caballos para la comisaría para que trámite judicial de por medio los recuperen sus propietarios. Los delincuentes para sus casas... El absurdo y la frivolidad para resolver el robo de hacienda han cansado hasta la propia policía, que ve como su tarea se vuelve vana.

El clamor indignado de la sociedad rural se ha constituido en una fuerte demanda. Como respuesta el Ministerio del Interior institucionalizó las comisiones de seguridad rural a nivel departamental, integrando a las mismas al MGAP, a un delegado del Poder Judicial y otro de la Fiscalía, también de la intendencia y de 4 gremiales rurales de alcance nacional. Los cometidos son muy genéricos, “coordinar acciones”, “evaluar campañas”, “sugerir medidas para mejorar estas últimas”. Mientras tanto desde el parlamento la propia comisión de ganadería de la Cámara de Representantes y a propuesta del oficialismo, rescató la necesidad de legislar con más precisión en cuanto a abigeato se refiere. Otros aspectos de la seguridad rural hoy por hoy no son objetivo político.

Estamos en el proceso de constituir las mencionadas comisiones departamentales. Y a uno le viene una sensación de mayor impotencia aún que antes que las sugirieran. ¿A santo de que todo este circo? ¿Para que la distracción de recursos humanos en reuniones inconducentes, eternas y muchas veces recorriendo largas distancias para los representantes de los productores? Todos saben que la policía conoce de memoria las carnicerías que se abastecen a través de la faena clandestina en cada pueblo (las intendencias también, lamentablemente se perdió rigurosidad en el control de estos comercios cuando este fue consignado a la órbita departamental), también que las Brigadas de Prevención del Abigeato del Ministerio del Interior (BEPRA) han demostrado ser eficientes en la detención de los cuatreros, además de que la legislación es clara en las penas a establecer. El país cuenta con los instrumentos formales, las capacidades para la represión, el conocimiento de los canales por los que se trafica el producto de los robos. ¿Qué es lo que falta para que se actúe? ¿Más comisiones? Que incompetentes que somos los uruguayos tantas veces.

El Poder Judicial tiene responsabilidad principal en la resolución de este creciente flagelo que sufre todo el agro en su conjunto.




Sin espacio para las medias tintas
Recuerdo y Compromiso
Julio María Sanguinetti
La Revolución de los Claveles
Santiago Torres
"Antisionistas"
La "guerra de las bandejas" continua...
Institucionalización del abuso
El Frente Amplio y la vivienda
Occidente, nosotros
Debería darles vergüenza...
El trabajo debe cuidarse respetando las reglas del mercado
Elena Grauert
Encuentro de muy pequeños productores rurales con el precandidato Yamandú Orsi
Tomás Laguna
Ladran Sancho
Consuelo Pérez
Informar con responsabilidad sobre el futuro de las jubilaciones
Jorge Ciasullo
La expansión del Imperio Español en el Río de la Plata
Daniel Torena
Un país asolado por la violencia respalda la línea dura de su presidente
La obsesión antiisraelí de Gustavo Petro legitima a Hamas y pone en peligro a los colombianos
Cambios en el mapa
Los temores de guerra en Europa
Frases Célebres 987
La desaparición de Josef Mengele
LA LIBRERIA
Inicio - Con Firma - Ediciones Anteriores - Staff Facebook
Copyright © 2021 Correo de los Viernes. Publicación de la Secretaría de Prensa del Foro Batllista.