Una reforma imprescindible
Edición Nº 1061 - Viernes 14 de noviembre de 2025. Lectura: 4'
La independencia no se declama: se garantiza institucionalmente. Ningún organismo de contralor puede cumplir su cometido si depende del beneplácito de los mismos actores a quienes debe vigilar. La ética pública requiere estructuras que estén por encima de los gobiernos y de los partidos, porque sólo así puede sostenerse la confianza ciudadana en el sistema democrático.
El reciente fallo de la JUTEP en el caso de Álvaro Danza —presidente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE)— ha generado una profunda crisis de credibilidad en el organismo que tiene a su cargo la ética pública en Uruguay. Por mayoría de dos votos contra uno, el directorio de la JUTEP resolvió que “no existía incompatibilidad” entre el cargo de Danza y sus actividades privadas como médico y docente universitario.
No obstante, el fallo fue precedido por un informe técnico interno de la JUTEP que advierte lo contrario: el informe de la Asesoría Letrada consideró que Danza “incurre en una situación de incompatibilidad” con su cargo en ASSE al mantener vínculos laborales con prestadores privados, violando el artículo 200° de la Constitución y otros instrumentos éticos.
La oposición política reaccionó con dureza. El senador Martín Lema (Partido Nacional) calificó la resolución de la JUTEP como “un papelón sin precedentes” y sostuvo que “tal como está planteada, lamentablemente se han encargado de convertir en un verdadero papelón el desempeño de la Jutep por una operación política. Y eso es absolutamente rechazable. Que la estructura puede ser mejorada o corregible, sí. Pero la utilización de esa forma, yo no sé cómo no le dio vergüenza ajena a todo el gobierno”.
El constitucionalista y profesor grado 5 Ruben Correa Freitas, a pedido del Partido Colorado, argumentó que “el artículo 200 de la Constitución … es claro, no admite dudas, tanto cuando establece una incompatibilidad en el inciso primero, como cuando dispone una prohibición en el inciso tercero” y que la interpretación de la JUTEP “no se ajusta al texto claro y preciso de la disposición citada”.
El mismísimo expresidente Ricardo Gil Iribarne —connotado frenteamplista— sostuvo que el organismo “está absolutamente desprestigiado” y que “las decisiones en general que se han tomado —desde el sistema político— responden a la estrategia de «qué bueno que existe la JUTEP, pero que no joda mucho»”.
Como señalamos en nuestro editorial del viernes pasado [https://www.correodelosviernes.com.uy/Dinamitan-la-JUTEP-2025-11-07.asp], titulado Dinamitan la JUTEP, lo ocurrido fue “un hecho de gravedad institucional inusitada”, señalado que “al decidir [la JUTEP] en base a afinidades políticas, pone en entredicho la razón misma de su existencia”.
Frente a ese escenario, el senador colorado Pedro Bordaberry propuso modificar la ley orgánica de la JUTEP. En su iniciativa, propone que los tres miembros del organismo “sean exministros de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo o profesores grado 5 de universidades”, y que sean designados por el Senado con mayoría de dos tercios a propuesta del Poder Ejecutivo.
Según Bordaberry, “la JUTEP tiene un problema de credibilidad, parece estar muy politizada. Tenemos que devolverle el prestigio y la confianza … Estos organismos pueden acertar o errar, pero nunca deben regirse con criterios políticos”.
En su evaluación, los miembros tanto del oficialismo como de la oposición coinciden en que el problema no sólo es la resolución del caso específico de Danza, sino la estructura misma del organismo. Las críticas apuntan a que la integración partidaria del directorio —con dos miembros del Frente Amplio y uno de la oposición— compromete la independencia técnica del organismo.
Por su parte, el FA mantiene que “el debate debe conducir a un gran acuerdo nacional que garantice independencia y credibilidad a la institución”.
El conjunto de hechos vuelve imperativo preguntarse si la JUTEP cumple con su función esencial: ser un órgano de control autónomo que prevenga conflictos de interés, proteja la ética pública y conserve la confianza ciudadana. Si tal misión se ve erosionada, el efecto puede ampliar el descrédito de las instituciones y afectar la gobernabilidad democrática.
En ese contexto, la reforma propuesta por Pedro Bordaberry apunta a restituir un principio básico para toda institución de contralor: independencia técnica, diseño estructural robusto y asignación institucional que trascienda los ciclos electorales y las mayorías partidarias. Por ello, Bordaberry hace bien en plantear esa reformulación integral de la JUTEP, asegurando que sus integrantes actúen con criterios de idoneidad, imparcialidad y compromiso ético, y no sujetos a afiliaciones partidarias o lógicas de gobernabilidad coyuntural.
Sería un paso necesario para que la JUTEP vuelva a ser un organismo creíble, autónomo y efectivo —como corresponde— y no, como hoy lo perciben muchos con muy buenas razones, un instrumento de cálculo político al servicio del poder de turno.
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