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Justicia: Un caso que resulta incomprensible

Por Jorge Ciasullo

El nuevo Código de Proceso Penal, según especialistas, requiere una revisión y tal vez, alguna modificación. Sin embargo, ha habido determinadas sentencias que, para quien no es lego en la materia- la mayoría de los ciudadanos- son difíciles de entender.

El Ministerio del Interior, en coordinación con otros organismos del estado, dispuso la intervención y demolición de diversos asentamientos, en la periferia de Montevideo. Se adujo, que ellos eran centros de distribución de drogas, así como refugio de delincuentes. En algunos casos se sostuvo, y diversas filmaciones de los lugares así como declaraciones de habitantes lo confirmaron, que regía la ley de la selva, por la cual un líder y su “banda” disponían a su antojo quienes podían afincarse en él, por el tiempo que dispusiera el jefe y quienes debían abandonarlo.

Al frente de dicha tarea, se designó al sociólogo Gustavo Leal, en su calidad de Director de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior.

En el mes de setiembre pasado, se dispuso el desalojo de los “Palomares de Casavalle”, lo que el Ministro del Interior Eduardo Bonomi definió como “intervención urbana, con shocks de infraestructura de vivienda y políticas sociales” (Telemundo 07/09/2018). Al mismo tiempo, trascendía que en ese asentamiento, operaba una banda llamada “los Chingas” que, bajo el liderazgo de Jairo Sosa, realizó expulsiones masivas de vecinos con el fin de que las viviendas, fueran ocupadas por familiares o allegados al grupo delictivo.

Realizada la intervención, Jairo Sosa, grabó un video, en el cual, arma en mano, amenazaba de muerte a Gustavo Leal y su familia, quien lo denunció por ese hecho.

Jairo Sosa, tiene profusos antecedentes penales por diversos delitos: porte de armas, robo, violencia privada (denunciado por su madre) asesinato de su abuelo (denunciado por su abuela quien luego se desdijo) y por lo menos dos homicidios, por los cuales es investigado. Asimismo, una pericia psiquiátrica realizada por orden judicial, determinó que: “se trata de un individuo peligroso que puede causar daños a terceros”.

Ante la denuncia del Sociólogo Gustavo Leal, se dispuso la audiencia correspondiente. En la misma, el Fiscal Fernando Romano, solicitó al Juez, como medida cautelar, la prisión preventiva de Jairo sosa, por el delito de amenazas, a contabilizar desde el momento que finalizara la que está cumpliendo, en tanto se investigan dos delitos de homicidio por los cuales es indagado.

El Juez, no aceptó la solicitud del Fiscal, en razón que el Código Penal, para ese delito prevé multa y no prisión. La que sí hubiera correspondido si la acusación del fiscal se basara en “violencia privada”.

Ante esta situación, el Fiscal argumentó, que así había radicado la denuncia el señor Gustavo Leal, lo que, según especialistas, es un error ya que la víctima relata hechos, correspondiendo al fiscal establecer el delito.

En todo caso el imputado, si bien en prisión preventiva por otros delitos, ya no podrá ser juzgado por las amenazas al señor Gustavo Leal –violencia privada- como anunció el Fiscal que haría en una nueva audiencia, toda vez que, como argumentó la defensa de Jairo Sosa, ninguna persona puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho (non bis in ídem).

En definitiva, a Doña María y a Don José, como para quien esto escribe, les es difícil entender, cómo puede producirse un error de esta naturaleza, por el que, probablemente, en poco tiempo, el imputado recuperará su libertad, sin ningún intento de recuperación a un individuo potencialmente peligroso, que como sus antecedentes y estudios psiquiátricos lo han establecido, puede robar, herir o asesinar a cualquiera y en cualquier momento. Incomprensible.
Correo de los Viernes.
Publicación Oficial de la Secretaría de Prensa del Foro Batllista.